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NO, NO ESTÁN PROHIBIDOS LOS DESPIDOS

20 de octubre de 2020

El despido por causas objetivas será improcedente, aunque se acrediten pérdidas, motivos organizativos, productivos como pérdida de actividad. Da igual, todos serán improcedentes", explica Emilio Carrillo, abogado de los servicios jurídicos de UGT. Con la publicación de la norma en el BOE queda claro que el Gobierno no ha anulado ni modificado los despidos improcedentes, por lo que se podrán seguir produciendo, y tampoco determina que estas causas objetivas ahora sean nulas.

Esto significa que las empresas no tendrán prohibido despedir, pero tendrán que acogerse a la improcedencia, lo que aumenta la inseguridad jurídica, tanto para trabajadores como para empresarios. Una interpretación que comparte el economista José Carlos Díez: "Lo que ha hecho el Ministerio de Trabajo es descausalizar pero no prohibir". Esta decisión puede retrasar la opción de las empresas de despedir, pero si su situación económica se complica, optarán por esta vía.

Si te han despedido, no dudes en contactar con Juridiko Abogados El Ejido. 

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